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Información sobre los empresarios individuales

Resumen práctico de legislación

Documentación para lograr la inscripción en el registro mercantil.

Descargar instancia de solicitud de inscripción

• Personas casadas. Deberán hacer constar en régimen civil aplicable, identidad del cónyuge y certificación del matrimonio, lugar y fecha de celebración. Datos de inscripción en registro Civil.
• Declaración de alta en el I.A.E. del que resulte la fecha de comienzo de operaciones.

No es necesaria legitimación notarial.

Artículo 93. Título inscribible. RRM

La inscripción primera del empresario individual así como la apertura y cierre de sucursales se practicarán en virtud de declaración dirigida al Registrador, cuya firma se extienda o ratifique ante él o se halle notarialmente legitimada.

Oposición del cónyuge no empresario.

Código de Comercio

Artículo 6.

En caso de ejercicio del comercio por persona casada, quedarán obligados a las resultas del mismo los bienes propios del cónyuge que lo ejerza y los adquiridos por esas resultas, pudiendo enajenar e hipotecar los unos y los otros. Para que los demás bienes comunes queden obligados será necesario el consentimiento de ambos cónyuges.

Artículo 7.

Se presumirá otorgado el consentimiento a que se refiere el articulo anterior cuando se ejerza el comercio con conocimiento y sin oposición expresa del cónyuge que deba prestarlo.

Artículo 8.

También se presumirá prestado el consentimiento a que se refiere el Artículo 6 cuando al contraer matrimonio se hallare uno de los cónyuges ejerciendo el comercio y lo continuare sin oposición del otro.

Artículo 9.

El consentimiento para obligar los bienes propios del cónyuge del comerciante habrá de ser expreso en cada caso.

Artículo 10.

El cónyuge del comerciante podrá revocar libremente el consentimiento expreso o presunto a que se refieren los artículos anteriores.

No tiene obligación de depositar cuentas anuales.

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